El trabajo a distancia y la desconexión digital deben regularse en los convenios

Trabajo a distancia

Solo el 13,55% de los convenios contenían cláusulas referentes al teletrabajo en 2021


En el contexto de la sexta ola, UGT denuncia que el grado de regulación de ambas disciplinas por medio de acuerdos colectivos está muy por debajo de lo esperable y, en la mayoría de los casos, se limita al contenido de la ley.

Seis meses después de la entrada en vigor de la Ley 10/2021, de trabajo a distancia y tras más de un año de su publicación en el BOE, la Unión General de Trabajadores advierte de que en todo 2021, solo el 13,55% de los Convenios Colectivos contenían cláusulas referentes al teletrabajo.

Unas cifras decepcionantes, más teniendo en cuenta que gran parte de estas cláusulas únicamente se remiten a la ley – sin avanzar o profundizar - o simplemente se comprometen a analizar su posible implantación en el futuro.

En cuanto al derecho a la desconexión, se ha regulado en menos de 60 convenios de los más de 900 firmados a lo largo de 2021 (una representación del 6,5% de las empresas). De forma que siete de cada diez personas trabajadoras no pueden acceder a un teletrabajo con garantías que conlleve un derecho efectivo de desconexión digital, un factor de riesgo psicosocial que empresas y patronales deben respetar escrupulosamente.

Malas prácticas de las empresas

UGT denuncia además malas prácticas de muchas empresas de la Disposición transitoria tercera de la ley que se está usando como excusa para no dotar a los trabajadores de los medios necesarios cuando la Ley señala que “las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario”, incluyendo esta casuística de Teletrabajo como medida de contención sanitaria.

Además, el sindicato insiste en que se emplea esta modalidad como pretexto para no encarar la negociación del teletrabajo post-pandémico, evitando comprometerse a desarrollar una forma de prestación que reclaman muchas personas trabajadoras.
Las empresas tienen que ser consecuentes y negociar acuerdos de teletrabajo que tengan como ejes la voluntariedad, la transparencia y el respeto a los derechos de las personas trabajadoras.
 

 


Fuente: UGT