UGT y CCOO piden al Gobierno información detallada sobre el alcance de las transferencias parciales de Seguridad Social a Euskadi

La decisión no se ha trasladado a los marcos de Diálogo Social, a pesar de tratarse de la principal red de protección social y redistribución

Fecha: 16 Ene 2026

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La Comisión Mixta de Transferencias entre el Gobierno Vasco y el Gobierno de España ha cerrado el traspaso de cinco nuevas competencias: protección por desempleo (nivel contributivo y asistencial), prestaciones familiares no contributivas y subsidio por nacimiento y cuidado de menores no contributivo, Seguro Escolar, además de Salvamento Marítimo y la ampliación en materia de Seguridad y Salud en el trabajo con el traspaso del Centro Nacional de Verificación de Maquinaria (CMVM) de Barakaldo.

UGT y CCOO quieren manifestar en primer lugar que esta cuestión no ha sido trasladada por el Gobierno a los marcos de Diálogo Social en materia de Seguridad Social, ni por parte del Ministerio de Trabajo ni por el de Seguridad Social, lo que resulta sorprendente, tratándose de una materia tan sensible como la principal red de protección social y redistribución de renta que existe en nuestro país, financiada de forma mixta, muy mayoritariamente con cotizaciones sociales.

Por ello, CCOO y UGT entienden que un mayor intercambio de información y un tratamiento compartido en estos espacios contribuirían a reforzar la confianza y a mejorar la calidad y el consenso en torno a cualquier medida que afecte a este pilar social.

Ambas organizaciones son conscientes de la atribución de competencias que establece nuestra Constitución y que, desde su aprobación, se ha configurado un país fuertemente descentralizado, con un diseño que compartimos y se basa en el autogobierno de importantes competencias.

También de que la Seguridad Social es competencia estatal en cuanto a su legislación básica y régimen económico, sin perjuicio de la posible ejecución de sus servicios por las comunidades autónomas, dentro del marco de titularidad estatal de los recursos y el funcionamiento económico uniforme del Sistema.

Esto implica que es materia reservada del Estado la regulación y financiación, el control del flujo de ingresos, pagos, devoluciones, la titularidad centralizada de los recursos y la función de Tesorería, así como los criterios de aplicación de la normativa estatal reguladora de la Seguridad Social.

Esto supone que la regulación y la financiación del sistema corresponden al Estado, así como el control del flujo de ingresos y pagos —incluidas las devoluciones—, la titularidad centralizada de los recursos y el ejercicio de la función de Tesorería. Igualmente, corresponde al Estado el establecimiento de los criterios de aplicación de la normativa que regula la Seguridad Social.

En ese marco de ejecución de sus servicios, la totalidad de las comunidades autónomas ya gestionan las pensiones no contributivas, con una valoración muy dispar en cuanto a las condiciones de acceso a esa red de protección por parte de las personas con derecho a ella, en función de la capacidad y diligencia de cada administración autonómica. Por otra parte, algunas comunidades autónomas asumen la gestión del Ingreso Mínimo Vital (País Vasco y Navarra, por determinación expresa de la Ley que creó esta prestación), con la posibilidad, además, de extender mediante Convenio esa competencia a otras comunidades autónomas. Hasta la fecha, solo se ha iniciado la negociación del traspaso de esta competencia con Cataluña, sin que haya culminado ese proceso.

Estas transferencias parciales han afectado hasta hoy únicamente al segmento asistencial o no contributivo, en ese marco constitucional de ejecución de servicios, financiado desde los presupuestos generales del Estado mediante las correspondientes transferencias a la Seguridad Social.

En este acuerdo que se anuncia, se incluyen elementos singulares, como es, según se ha hecho público por el Gobierno central y autonómico vasco, la transferencia íntegra del Seguro Escolar, incluida la recaudación y gestión económica en su conjunto. Por otra parte, en cuanto al resto de prestaciones asistenciales y contributivas por desempleo, parece que la configuración de nómina, pago de prestación y recaudación ejecutiva de prestaciones indebidas, se mantienen en la Tesorería General de la Seguridad Social, lo que resulta determinante a efectos de mantenimiento de la caja única de la Seguridad Social. Por tanto, al margen de cualquier minoración del cupo por esta transferencia.

Estas cuestiones son clave en la determinación del impacto que acuerdos de estas características tienen en relación con su compatibilidad con el concepto de caja única derivado de la distribución competencial constitucional y la doctrina del Tribunal Constitucional, para garantizar la igualdad en el acceso a las prestaciones, la titularidad estatal de los recursos y el funcionamiento económico uniforme del sistema de Seguridad Social.

Por ello, CCOO y UGT reclamamos al Gobierno de España que facilite a los interlocutores sociales una información completa y detallada sobre el alcance del acuerdo alcanzado y anunciado hoy en el seno de la Comisión Mixta de Transferencias, con el fin de poder contrastarlo y garantizar que resulta plenamente coherente con el marco competencial y con el principio de unidad de caja de nuestro sistema de Seguridad Social. 

 

 

 

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Fuente: UGT