UGT reclama la enfermedad profesional por contagio de COVID para los servicios esenciales y otros profesionales

Fecha: 04 Feb 2021

El secretario general de UGT se dirige al Gobierno para exigir que se amplíe la protección a más colectivos


  • El Real Decreto que considera enfermedad profesional el contagio por Covid solo para el personal sanitario y sociosanitario, aunque supone un avance en línea con las reivindicaciones de UGT, es claramente insuficiente y resulta discriminatorio.
     
  • El Secretario General de UGT, Pepe Álvarez, ha dirigido una carta al ministro de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social, José Luis Escrivá, en el que le insta a convocar una mesa de diálogo social para que se amplíe la protección y que los contagios por Covid 19 sean considerados enfermedades profesionales para todos los profesionales de los servicios esenciales y a aquellos que por el desempeño de su profesión se vean en riesgo de contagio.

UGT reivindica, además, que el contagio por Covid en el trabajo se incluya en el listado de enfermedades profesionales de nuestro país, para que se considere como tal, incluso después de que se levanten las medidas sanitarias derivadas de la pandemia.
El Secretario General de UGT, Pepe Álvarez, se ha dirigido por carta al ministro de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social, José Luis Escrivá, para exigir al Gobierno que considere enfermedad profesional el contagio por Covid de todas las personas trabajadoras de los servicios esenciales y aquellas que por el desempeño de su profesión se vean en riesgo de contagio y le insta a que se constituya, de manera urgente, una mesa de diálogo social para corregir esta situación.

Un Real Decreto que se queda corto 

Para UGT el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico, el contagio por COVID-19 entre el personal sanitario y socio sanitario pasa a considerarse como enfermedad profesional, en lugar de como accidente de trabajo, es una medida que supone un avance, en línea con las reivindicaciones de UGT, pero claramente insuficiente e incluso discriminatoria.

Y es que el INSS no ha modificado su criterio y, con la redacción aprobada, no se consideran como enfermedad profesional, los contagios por COVID-19 del personal que trabajando en centros sanitarios o socio-sanitarios, desempeñe otras funciones distintas a la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios. Y tampoco se considerare enfermedad profesional aquellos contagios del personal que presta servicios sanitarios o socio-sanitarios exclusivamente fuera de los centros sanitarios o socio-sanitarios. Además, los contagios por COVID-19, entre personal sanitario y sociosanitario únicamente serán considerados como enfermedad profesional hasta el levantamiento por las autoridades sanitarias de todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV-2.

Para el sindicato, es una injusticia y un despropósito que no se hayan incluido ya a todos estos colectivos de trabajadores y trabajadoras que han estado y están en primera línea en la lucha contra la COVID-19 desde el inicio de la pandemia, afrontando situaciones absolutamente precarias y arriesgando su salud en favor de los enfermos y las personas que cuidaban, como es el caso de los cuidadores de mayores de las residencias, el personal de la limpieza en los hospitales, o el personal de los centros educativos.

Por citar otros ejemplos se puede mencionar, el personal no sanitario que desempeña su trabajo en centros sanitarios o asistenciales, como el personal de limpieza, mantenimiento y seguridad, los administrativos y otros incluidos en el Anexo 1 del Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, concretamente las profesiones encuadradas en el Grupo 3 (agentes biológicos), agente A, subagente 01, “enfermedades profesionales las infecciosas causadas por agentes biológicos por el trabajo de las personas que se ocupan de la prevención, asistencia médica y actividades en las que se ha probado un riesgo de infección”, entre otros, el personal de orden público, personal de auxilio o trabajadores de centros penitenciarios.

Además, y dado que es probable que la COVID-19 sea una enfermedad que no desaparezca de nuestro día a día, UGT reivindica que sea incluida en el listado de enfermedades profesionales de nuestro país, para que se considere como tal, incluso después de que se levanten las medidas sanitarias derivadas de la pandemia.




          Valoración de Jose de las Morenas,
       Coordinador de Salud Laboral de UGT

Fuente: UGT