UGT celebra la sentencia del TJUE que garantiza el reconocimiento jurídico de la identidad de género

El sindicato exige a los Estados miembros procedimientos claros y efectivos para proteger los derechos de las personas trans

Fecha: 13 Mar 2026

Bandera de la UE y LGTBI

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia histórica en el asunto C-43/24, declarando que las normas nacionales que impiden a una persona modificar legalmente su identidad de género vulneran el Derecho de la Unión cuando esta haya ejercido su derecho a la libre circulación.

La sentencia se produce tras el caso de una ciudadana búlgara que, habiendo iniciado su transición en Italia, vio denegada su solicitud de cambio de sexo y nombre en el Registro Civil de su país de origen. El Tribunal de Justicia subraya que la imposibilidad de adecuar los documentos oficiales a la identidad vivida constituye un obstáculo para la libre circulación, generando dificultades en la vida cotidiana, como controles de identidad, desplazamientos transfronterizos o situaciones laborales.

UGT celebra esta decisión, que alinea el Derecho Europeo con el derecho reconocido en el artículo 10 de nuestra Constitución Española al libre desarrollo de la personalidad, que garantiza la dignidad de la persona y la identidad de género, y hace un llamado a todos los Estados miembros para que establezcan procedimientos claros, accesibles y efectivos que permitan el reconocimiento jurídico de las personas trans. 

El sindicato recuerda que la protección de estos derechos fundamentales no puede estar supeditada a valores morales o religiosos ni a colores políticos, sino al respeto de la dignidad y los derechos de cada persona.

Con esta sentencia, Europa da un paso decisivo hacia la igualdad real de las personas trans. UGT continuará trabajando para que se traduzca en medidas concretas que aseguren la protección de sus derechos laborales, sociales y civiles, eliminando cualquier forma de discriminación por identidad de género.
 


Fuente: UGT