Protección para las víctimas de violencia y acoso en el trabajo en el mundo

Fecha: 01 Jul 2019

 Artículo de opinión de Cristina Antoñanzas, Vicesecretaria General de UGT, en "contrainformacion.es"


Hace tan solo unos días, en Ginebra, durante la 8 Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se aprobó por fin el convenio y una recomendación sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo por la que llevamos muchos años luchando las organizaciones sindicales. Han sido dos años de deliberaciones de Gobiernos, empresarios y sindicatos para establecer un instrumento que proteja a las víctimas de estas situaciones en el ámbito laboral.

En España este hecho ha pasado casi desapercibido  para la opinión pública, que puso el foco en la sentencia del Tribunal Supremo, muy importante y muy esperada, sobre La Manada, dictada ese mismo día. La Justicia, por fin, se pronunció en línea con lo que reclamaba la víctima y la sociedad al reconocer  que en los Sanfermines de 2016 se produjo una violación y no una agresión sexual.

Pero considero que lo que hemos alcanzado en Ginebra tiene una trascendencia fundamental para los derechos de los trabajadores y trabajadoras del mundo que merece la pena ser destacada ya que más de 800 millones de mujeres, han sido víctimas de  algún tipo de violencia y hostigamiento, desde agresiones físicas hasta abusos verbales, intimidación e intimidación en el trabajo. Y hay que resaltarlo.

El convenio define la situación de víctimas de acoso y violencia, incluido el acoso por razón de género y el acoso sexual, sea cual sea la relación contractual, se incluye a los despedidos y los que buscan empleo, así como, a los becarios, voluntarios y pasantes. Además, incorpora la protección frente a terceros, algo que han exigido un importante número de países, cuyas legislaciones no ofrecen ningún tipo de garantías a las víctimas del acoso sexual. Es el caso, entre otros muchos sectores, de las trabajadoras del servicio doméstico, sector fuertemente feminizado, donde las situaciones de abusos sexuales, las perpetran familiares de las personas que contrataron los servicios, no necesariamente el empleador.

Esta acción protectora se extiende a cualquier lugar donde se produzca estas situaciones de acoso y violencia, en los desplazamientos, viajes y eventos relacionados con el trabajo, el alojamiento proporcionado por el empresario y los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo así como las comunicaciones relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información.

El convenio, una vez ratificado por los países, se aplicará, por el país que lo suscriba, en todos los ámbitos públicos y privados de todo el mundo. Los Gobiernos que lo suscriban deberán adoptar políticas integrales para prevenir y eliminar la violencia y el acoso, y se tendrá en cuenta también el que se produzca por razón de género.

La recomendación que aprobamos en esta conferencia, por su parte, tiene un carácter no vinculante, y define a la negociación colectiva como instrumento eficaz para prevenir la violencia y mitigar los efectos de la violencia doméstica en el lugar de trabajo. Realiza un llamamiento para que las políticas nacionales, tengan en cuenta en sus disposiciones sobre violencia y acoso otras normas de la OIT referidas a igualdad y no discriminación, igualdad de remuneración y sobre la discriminación en el empleo y la ocupación.

En España, contamos varios textos legales que abordan la prevención del acoso sexual y el acoso por razón de género, así como un texto legal, específico para las víctimas de violencia de género, desde el  Código Penal que  tipifica el acoso sexual, la Ley de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres de 2007 hasta el reciente Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación que incide en la prevención del acoso sexual y acoso por razón de género. En este Real Decreto confluye la prevención del acoso, con la obligación de la puesta en marcha de planes de igualdad de las empresas de más de 50 trabajadores en el año 2022.

Nuestro país debe ratificar este el convenio 190 de la OIT sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el mundo del trabajo y abanderar su entrada en vigor una vez se constituya el nuevo Gobierno, máxime cuando algunos partidos políticos están volcados en intentar desdibujar la violencia y el acoso por razón de sexo.


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Fuente: contrainformacion.es