Los Servicios Jurídicos de UGT-Aragón ganan en una sentencia la ultraactividad del convenio colectivo de FCC limpieza pública

Fecha: 22 Abr 2015

El Tribunal de Superior de Justicia de Aragón da la razón a los Servicios Jurídicos de UGT-Aragón y declara vigente el convenio colectivo 2008-2011 de FCC Limpieza Pública de Zaragoza, con efectos desde 8 de julio de 2013.

El fallo afecta indirectamente 1.100 trabajadores y supone el mantenimiento del contenido y de los niveles retributivos del citado convenio, cuya vigencia finalizó el 31 de diciembre de 2011, hasta que no se logre un acuerdo expreso sobre un nuevo convenio.

La sentencia obedece a la demanda presentada por la Sección Sindical de UGT en FCC SA en el área de limpieza pública, a iniciativa de este sindicato junto a CCOO y Solidaridad Aragonesa (SA).

El Convenio Colectivo de Empresa 2008-2011 establece que una vez denunciado el convenio para promover la negociación del siguiente acuerdo, mantendrá en vigor su contenido, permaneciendo inalterables los niveles retributivos al finalizar su vigencia y hasta que no se alcance un nuevo pacto.

El Comité de Empresa inicio este trámite antes de su vencimiento. Sin embargo , tras la aprobación de la Reforma laboral, el 26 de marzo de 2013 se firma un convenio colectivo de eficacia limitada – con CSIF, USO e independiente- entre la empresa y los trabajadores. 

Afectaba a la totalidad de la plantilla de 1.100 trabajadores (que no mostraron su disconformidad con la adhesión al pacto), a excepción de 17 trabajadores que pertenecían al Comité de Empresa en representación de los sindicatos UGT, CCOO y SA.

Desde el 8 de julio de 2013, a estos dieciesiete trabajadores se les aplicó el Convenio Colectivo General del Sector y al resto de la plantilla, el convenio de eficacia limitada ambos, por debajo, de las condiciones retributivas y mejoras sociales del convenio colectivo 2008-2011 de FCC de Limpieza Pública.

Ahora el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, da la razón a UGT, a falta de adquirir firmeza. De este modo la empresa deberá compensar a los trabajadores las diferencias establecidas entre los dos convenios establecidos- Eficacia limitada y el General del Sector- respecto al pacto de empresa de 2008-2011, hasta la firma de un nuevo convenio colectivo.​

Fuente: UGT-Aragón