La sentencia del TS no resuelve la precariedad en las Administraciones Públicas

Fecha: 28 Mar 2019

Impedir la indemnización al extinguirse el contrato temporal de interinidad facilita su utilización abusiva e indiscriminada  para la cobertura de puestos y actividades estructurales


Se ha hecho pública la Sentencia 207/2019 del Tribunal que rechaza el derecho a indemnización (ni 20 ni 12 días) cuando se extingue la relación laboral temporal de interinidad. Una Sentencia que a UGT produce rechazo e indignación, pues en la práctica supone un aval para el abuso de la contratación temporal y el empleo precario en las Administraciones Públicas.

Hay que tener en cuenta que en Administraciones Públicas la tasa de temporalidad ronda de media el 40% como consecuencia del abuso en la utilización de la contratación temporal (coyuntural) para actividades y puestos estructurales, y esta circunstancia pone en cuestión los principios constitucionales que envuelven la figura del empleado público (objetividad, neutralidad, mérito, profesionalidad y rescata el espíritu de las “cesantías”.

Además, UGT considera que esta es una resolución escasamente motivada y con débiles argumentos jurídicos, limitándose a trasladar la nueva doctrina del TJUE, sin realizar matiz alguno, a pesar de concurrir en la normativa laboral española y realidad laboral de las Administraciones Públicas, circunstancias que podrían haber servido para justificar algún tipo de indemnización a los contratos temporales de interinidad (interinos por vacante, la figura de indefinidos no fijos de plantilla, etc.).

Pero en la FeSP-UGT no nos vamos a quedar a la expectativa de los acontecimientos, y aunque no nos quede más remedio que la resolución judicial, continuaremos exigiendo las modificaciones legales oportunas (en el ET, EBEP y Estatuto Marco del personal estatutario), para hacer posible la indemnización en la contratación/nombramientos de personal temporal, como medida disuasoria contra su uso abusivo, y causalizando y acotando su empleo, para evitar la cobertura temporal de plazas estructurales.

Fuente: UGT