El Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirma la obligatoriedad de establecer un Registro de Jornada

En sentencia notificada hoy, 14 de mayo de 2019, el TJUE ha resuelto la cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Nacional sobre la obligatoriedad del registro de jornada en nuestro país, en asunto de conflicto colectivo en el que FeSMC-UGT es parte.

El alto Tribunal europeo se pronuncia en el mismo sentido que lo hizo en su día la Audiencia Nacional en el caso contra Bankia, también por denuncia de los Sindicatos, y en línea con el decreto del Gobierno del 8 de marzo y que, desde el pasado 12 de mayo, es de obligado cumplimiento.

Desde el Sector Financiero, Seguros y Oficinas de FeSMC-UGT queremos reseñar que no se trata de fiscalizar a los trabajadores y trabajadoras: se trata de que exista un “Registro de la Jornada de Trabajo fiable y accesible”, como determina la sentencia del TJUE, para que el 100% de las horas extras sean remuneradas (o compensadas en tiempo) y cotizadas a la Seguridad Social. Además de ser una necesidad en pro de la salud de los trabajadores y trabajadoras y su derecho a conciliar la vida personal con la laboral.

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Fuente: FeSMC-UGT