Dirección Gral. Seguros
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Acciones de la UGT ante la
Dirección General de Seguros

La DGS emite con fecha de octubre 2001 documento de Resolución a los cientos de reclamaciones planteadas por los empleados del SCH y canalizadas desde la UGT, estimando parcialmente las demandas y quejas planteadas. 

            Por medio de esta Resolución, la DGS dictamina que la entidad aseguradora incumple el artículo 83 de la Ley de Contrato de Seguro, por el cual, la cobertura de riesgos de fallecimiento exige el consentimiento expreso de los asegurados.

            Este incumplimiento da lugar al emplazamiento que realiza la DGS a la entidad aseguradora para que en el plazo de un mes se informe a ese Centro Directivo que decisión ha adoptado la Aseguradora sobre la resolución a este incumplimiento a los efectos del ejercicio de las potestades de vigilancia y control a efectos de sanción administrativa.

            La DGS no contesta sin embargo en esta resolución al incumplimiento por parte de la Aseguradora, del articulo 39 punto 4 del Reglamento de instrumentación de los compromisos por pensiones, aprobado por el Real Decreto 1588/1999, por el cual se establece el derecho a información a trabajadores y representantes sindicales sobre estos compromisos de pensiones, esta y otras omisiones por parte de la DGS, han motivado que la UGT del SCH haya iniciado recientemente el Procedimiento en materia de Responsabilidad Patrimonial contra la DGS por evidente dejación de las funciones que le competen por imperativo legal como organo de supervisión y control de las entidades aseguradora.

            Por medio de esta Reclamación Patrimonial le imputamos a la DGS los costes de abogados y procuradores necesarios para obtener la información y tutela en el orden jurisdiccional, al sernos negada parcialmente por la DGS la tutela administrativa, también se le reclama a la DGS los costes de los actuarios de seguros necesarios en las reclamaciones de los complementos de pensiones de los compañeros despedidos o en circunstancias que aconsejen una reclamación judicial de los mismos.

            Por último estimamos que la DGS es responsable subsidiario en materia de Responsabilidad Patrimonial, en todos y cada uno de los juicios que por reclamación de complementos de pensiones realicen los empleados del SCH, siendo posible plantear procedimientos de Reclamación Patrimonial por los importes de los abogados, procuradores y actuarios de seguros necesarios en los pleitos indicados así como una indemnización de idéntica cantidad que por complementos de pensiones se le  reclame al banco.


DOSSIER DE PRENSA

 

Acciones ante SCH

queremos saber cuanto nos corresponde

 

Acciones ante el

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo pide al Gobierno que obligue a la banca a exteriorizar sus fondos de pensiones.

 

Acciones ante el

Congreso y el Gobierno

economía desoye a múgica y no cambiará la exteriorización.

 

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