
ACUERDOS HOMOLOGACIÓN
Es obligado reconocer el esfuerzo y firmeza desarrollados por la totalidad
de los miembros de la Sección Sindical Estatal de U.G.T. del BSCH en la
consecución de estos Acuerdos. De forma especial, queremos dejar constancia
de los compañeros de U.G.T. que han formado parte de la Mesa de Negociación:
Miguel Gersol Fernández, Emilio Herrera Herrera, Victoriano Martin del Burgo
Soriano, Pedro García García y José Antonio Bernabeu Sánchez, que con su
capacidad y coherencia han hecho posible llegar al Acuerdo final, incluido el
Anexo firmado el pasado mes de febrero.
Este Cuaderno pretende ofrecer un práctico resumen del Acuerdo de
Homologación de las Mejoras Extra-convenio, firmado el 19 de enero del 2000,
entre los Sindicatos y el Banco. Las mejoras que incorpora el acuerdo son de
aplicación al conjunto de la plantilla resultante de la fusión de los Bancos
Santander y Central Hispano.
El Cuaderno también incorpora las Retribuciones Salariales que según el
Convenio, firmado por nuestro Sindicato, percibiremos los empleados del BSCH
durante el año 2.000. En este apartado, hay que destacar el incremento en dos
pagas ( 8 cuartos) para los trabajadores procedentes del antiguo BCH, que la
fusión por absorción del Banco Santander representa en la homologación de
pagas de beneficios por aplicación del Convenio.
Por último, desear que la edición de este libro sirva para mejor
conocimiento de nuestros derechos y sea un referente en nuestra acción
sindical diaria.
Sección Sindical de UGT en BSCH
Febrero del 2000
Cantidades a percibir:
Solteros
82.000 ptas. anuales
Casados, viudos, separados, divorciados,
parejas de hecho acreditadas en el Registro
de la Administración Pública, o certificación
expedida por la
misma.
93.000 ptas. anuales
Personal en activo ingresado desde el 1.01.2000 57.000
ptas. anuales
Personal prejubilado y
jubilado
15.000 ptas. anuales
19.000 ptas. anuales
en vale consumible
Otros perceptores:
Limpiadoras en activo de jornada
incompleta 10.713
ptas. anuales
Limpiadoras jubiladas de jornada
incompleta 10.000
ptas. anuales
Pensionistas de viudedad y orfandad
total
7.750 ptas. anuales
Por cada hijo menor de 26 años de edad al 31 de diciembre de cada año y bajo
el mismo concepto “Compensación beneficios sociales”
Personal en
activo
36.000 ptas. anuales
Personal prejubilado, jubilado y pensionistas
por viudedad y orfandad
total
26.000 ptas. anuales
Esta percepción se mantendrá hasta los 26 años cumplidos, de forma
extraordinaria durante los próximos 5 años, es decir hasta el 2005
inclusive. A partir de esa fecha será hasta los 25 años cumplidos. Para los
hijos discapacitados no existirá límite de edad.
Se considerará hijo a su cargo aquél que conviva con el empleado, sea
soltero y no trabaje ni perciba rentas por trabajo. Para los empleados
divorciados y separados legalmente será imprescindible la justificación del
abono de pensión alimenticia a favor de los hijos.
El área de RR.HH. podrá estudiar excepcionalmente la asimilación de hijo a
su cargo en los casos que por circunstancias especiales justifiquen esta
medida.
Para todos aquellos empleados que tengan un hijo estudiando alguna carrera
universitaria fuera de plaza percibirá un complemento transitorio que unido
al módulo que por hijo se ha fijado en el acuerdo arriba mencionado de
36.000.- Ptas., completan la ayuda universitaria mas la cesta de navidad que
estaban percibiendo en el B.C.H. Este complemento transitorio se mantendrá de
forma extraordinaria durante los próximos cinco años, es decir hasta el año
2004 inclusive.
Excepcionalmente para el año 2000 estas cantidades se percibirán en la
nómina de marzo.
Desde el año 2001 se abonarán en el mes de mayo o, en su defecto, en junio.
Para el año 2001 y en lo sucesivo las cantidades se revisarán aplicando el
mismo porcentaje con el que se revalorice el Salario Base, según lo
establecido en el Convenio Colectivo.
Esta nueva paga absorbe las mejoras siguientes de las dos redes:
- Ayuda de estudios para hijos: becas (BCH)
- Apartamentos, residencias y hoteles (BCH)
- Complemento familiar por cesta de Navidad (BCH)
- Cesta de Navidad (retribución dineraria) (BS)
- Cesta de Navidad (retribución en especie) (BS)
- Obsequios por Navidad y Reyes (BS)
- Festividad San Carlos Borromeo (BS)
PREMIO
DE ANTIGÜEDAD
Sustituye a los existentes en los anteriores BS y BCH.
Para los trabajadores que cumplan 30 años de servicio
reconocidos en la empresa, y por una sola vez,
se hará efectiva una gratificación de 125.000 pesetas.
Para el año 2001 y en lo sucesivo se revisará con el mismo porcentaje
establecido en el Convenio Colectivo para cada año.
Para los trabajadores que tengan acreditados los 30 años de servicio y menos
de 40, se percibirán el mismo mes que se abone el importe de la “Compensación
de Beneficios Sociales”, con la siguiente distribución:
Durante el 2000 los que tengan acreditados 39, 38 o 37 años de servicios.
Durante el 2001 los que tengan acreditados 36, 35 o 34 años de servicios
Durante el 2002 los que tengan acreditados 33, 32 o 31 años de servicios
El personal que pase a la situación pasiva recibirá el premio en el momento
de su liquidación por finiquito.
FONDO
ASISTENCIAL
Se crea el Fondo para Ayuda Asistencial gestionado por una comisión
paritaria (sindicatos-empresa), que cubre una pate de los gastos soportados
por el empleado y no cubiertos por la Seguridad Social; sus aportaciones
anuales serán a cargo de la Empresa.
Para el año 2000 su importe será de 175 millones, para el 2001 y en años
sucesivos su importe se revisará aplicando el porcentaje de revalorización
del Convenio Colectivo.
DISCAPACIDADES PSÍQUICAS O FÍSICAS
Subsistirán las mismas ayudas que había en el anterior BCH, y desde
1-1-2000 se extiende a toda la plantilla que acredite reunir las condiciones
necesarias.
Ayudas para Estudios Especiales
Los estudios deberán realizarse en cualquier centro oficial o privado, y
se justificará su asistencia documentalmente al acabar el curso. La
cuantía de la beca para el curso 1999/00 será:
a) Con centro de enseñanza en
plaza
124.430 pesetas.
b) Con centro de enseñanza fuera de
plaza
140.660 “
Con esta ayuda desaparece la del anterior BS “Ayudas para Minusvalías”.
Estudios de discapacitados psíquicos en el Colegio “Virgen de Lourdes” El
Colegio “Virgen de Lourdes” se encuentra situado en Majadahonda (Madrid).
Lo podrá solicitar el personal en activo que tenga hijos a su cargo con un
coeficiente intelectual superior a 65. La edad debe estar comprendida entre
los 6 y 18 años, teniendo preferencia los que se hallen entre los 6 y 10
años. La edad máxima para iniciar estos estudios es de 12 años. La
cantidad de las becas para el curso 1999/0 es:
a) Régimen de
internado
400.550 pesetas
b) Con centro de enseñanza fuera de
plaza 286.110 pesetas
Póliza Mutualidad de Previsión Social para Ayuda a Discapacitados Psíquicos
El Banco tiene establecida una póliza con la citada Mutualidad, a favor de
los hijos de nuestros empleados, cuyo coeficiente intelectual sea inferior al
80%.
La Mutualidad proporciona una pensión vitalicia de orfandad a las personas
con deficiencias mentales.
La pensión anual asegurada es de 120.000 ptas., siendo susceptible de
revisión cada año..
Los interesados deben dirigirse a la Unidad de Administración y Asuntos
Sociales, quienes procederán a tramitar su inscripción.
ABSENTISMO
El Banco dejará de aplicar a todo su personal la no percepción de devengo
por absentismo, que sea motivado por enfermedad, que regula el art. 41 del
Convenio Colectivo, tal como se viene haciendo con los empleados procedentes
del BCH.
PRÉSTAMOS, CRÉDITOS Y CONDICIONES BANCARIAS
Renegociación
del 26/06/2000
Desde la entrada en vigor del Acuerdo de Homologación, las
condiciones para préstamos, créditos y servicios bancarios que se
aplican a los empleados del anterior BCH, se ampliarán a toda la plantilla en
activo del actual BSCH con fecha 1-01-2000.
A continuación detallamos de forma resumida cada uno de estos productos.
PRÉSTAMO VIVIENDA
CUANTÍA MÁXIMA: 4 anualidades de los conceptos retributivos del Art. 12
del Convenio Colectivo, que incluye:
a) Sueldo.
b) Aumentos por antigüedad.
c) Gratificaciones extraordinarias de Julio y Navidad.
d) Participación en beneficios.
e) Gratificaciones y asignaciones complementarias o especiales.
f) Estímulo a la producción.
g) Horas extraordinarias.
h) Pluses.
INTERÉS: Euribor a un año menos un punto (actualmente al 1,836 %)
PLAZO: Hasta 20 años. Excepcionalmente podrán estudiarse y autorizarse hasta
25 años.
COMISIÓN DE APERTURA: Exento.
GARANTÍAS:
a) Hasta 10 millones seguro de vida o constitución de hipoteca a opción del
empleado. En el caso de póliza ésta no necesita ser intervenida.
b) A partir de 10 millones la opción corresponde a la Empresa.
CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA
Puede solicitarse para este supuesto y la entrega de fondos estará
supeditada a la presentación de certificaciones de obra emitidas por el
constructor y firmadas por el arquitecto.
PRÉSTAMO PARA VIVIENDA PUENTE
Este tipo de préstamos carece de amortización de capital hasta su
vencimiento. El plazo es de 1 año prorrogable, excepcionalmente hasta 2, en
los casos de dificultad en la venta de la vivienda anterior. Su función más
importante es cubrir el desfase entre la venta y la compra de la nueva
vivienda.
Las condiciones son las del préstamo vivienda, a excepción del interés que
se rige por el Euribor (actualmente al 2,836).
PRÉSTAMO
DE CONSUMO (Con exclusión de inversiones y negocios)
CUANTÍA MÁXIMA: Una anualidad y media del sueldo base más aumentos por
antigüedad, computados sobre el total de pagas que corresponden por
aplicación del Convenio Colectivo.
Si es para reforma de vivienda habitual, el límite será de dos anualidades.
INTERÉS: Euribor a 1 año, menos 1 punto (actualmente al 1,836%)
PLAZO DE AMORTIZACIÓN:
· Con carácter general hasta
5 años.
· Para reforma de vivienda
habitual hasta 10 años.
CONDICIONES GENERALES:
REFINANCIACIÓN: Por una sola vez el Banco atenderá la solicitud de
refinanciación que pueda plantear el empleado a quien la concurrencia
acreditada de circunstancias adversas imposibilite, a la vista de su capacidad
de pago, el puntual y adecuado cumplimiento de obligaciones contraídas con el
Banco Santander Central Hispano, como consecuencia de préstamos previstos en
el Artículo 39 del Convenio Colectivo, (anticipo nómina, préstamos de 5 y 9
mensualidades), y operaciones de crédito y préstamos autorizadas en virtud
de los acuerdos de mejoras sociales, con excepción del préstamo vivienda del
Convenio Colectivo.
En estos préstamos será necesario su informe favorable si los casos están
siendo tratados por Asesoría Jurídica Comercial.
El plazo será de 5 años, y el resto de condiciones aplicadas las mismas que
las del préstamo de consumo. No obstante, el importe y plazo podrán ser
superiores si se aportan garantías adicionales suficientes a satisfacción
del Banco.
El endeudamiento máximo por acumulación de toda clase de préstamos y
créditos, exceptuados los regulados en Convenio Colectivo, no podrá suponer
una amortización anual mayor del 30% de la suma del salario bruto del
empleado en el Banco más los ingresos debidamente acreditados, por rentas del
trabajo del cónyuge.
PRÉSTAMO VIVIENDA CONVENIO
(Convenio Colectivo Art. 40)
LÍMITE: Hasta 7 millones y medio.
INTERÉS: Mibor o valor que lo sustituya a 1 año + 0,25%
PLAZO: Hasta 15 años con un mínimo de 6 años.
GARANTÍA: Póliza de seguros.
* Desde el 1.01.2000 los créditos existentes se actualizarán a lo
establecido en el presente Convenio.
* Compatible con los préstamos de 5 y 9 mensualidades (Art. 39) del Convenio
Colectivo.
* No computa para el endeudamiento máximo del 30 % de los préstamos de
Acuerdos de Homologación.
* Los fondos disponibles los asigna una comisión paritaria formada por los
sindicatos y la empresa entre las solicitudes recibidas.
ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS CONVENIO
(Convenio Colectivo Art.39)
* Cualquier trabajador tiene derecho a que se le anticipe la mensualidad
correspondiente al mes en curso.
* Préstamo de 9 mensualidades para atender necesidades perentorias:
matrimonio, traslado fuera de plaza, fallecimiento del cónyuge o hijos, obras
en vivienda en razón de ruina inminente, tramitación de divorcio,
separación o nulidad matrimonial, nacimiento y adopción de hijos.
* Préstamo de 5 mensualidades para atender las siguientes causas:
adquisición de mobiliario, obras y reformas en el domicilio habitual del
empleado, enseres domésticos y electrodomésticos, compra de vehículo
incluyendo la “caravana”, asistencia médica o internamiento hospitalario,
pago IRPF, escritura, registro, IVA, y plusvalía por adquisición de vivienda
habitual, impuesto de transmisiones patrimoniales, reparación de averías en
el vehículo a nombre del empleado no producidas por accidente, y siempre que
se utilice habitualmente al servicio de la empresa.* Exentos del devengo de
interés.
* La amortización máxima será del 10% del total de la percepciones.
Son incompatibles entre si, salvo que durante la vigencia del anticipo de 5
mensualidades se produjera una de las causas contempladas en el de 9, en cuyo
caso el de 5 se convertiría en 9 percibiendo la diferencia.
Son compatibles con el del Art.42 (Préstamo vivienda ) del Convenio
Colectivo.
No computan para el endeudamiento máximo del 30% de los préstamos de los
Acuerdos de Homologación.
DESCUBIERTOS EN CUENTA
En la cuenta de domiciliación de la
nómina
hasta 50.000 pts.
Previa autorización de la
Dirección
hasta 100.000 pts.
TOTAL 150.000 pts.
INTERÉS: hasta 150.000 pts. 0,75%. El aplicado a los saldos acreedores. A
partir de esa cantidad se aplicará condiciones de cliente.
- Cuando excepcionalmente el descubierto producido no se regularice en el
plazo máximo establecido por la normativa vigente, y pasado un mes desde su
inicio, no se autorizará ampliación de la cifra inicialmente concedida hasta
su total cancelación, que deberá realizarse en el menor tiempo posible. A
estos efectos, el empleado optará entre su cancelación de una sola vez en el
plazo de 3 meses desde su inicio, o con bajas mensuales de al menos el 25% del
saldo negativo.
Límites:
Jefes
600.000
Empleados
500.000
INTERÉS:
1/12 del Euribor a un año (Actualmente al 0,153%)
- Exentas de gastos de emisión y renovación
- Por empleado se tendrán dos tarjetas como máximo, siendo la adicional a
favor del cónyuge.
- En la tarjeta Visa Oro los casos se estudiarán individualmente.
- La tarjeta 4B-4B Master está exenta de gastos de emisión y renovación.
- En la tarjeta 4B Europ Assistance se repercutirá al empleado el coste que
le apliquen al Banco.
REVISIÓN DEL TIPO DE
INTERÉS
El tipo de interés se revisará anualmente y tendrá efectos desde el primer
día de julio de cada año natural.
Si el Euribor año se situara por debajo del 2% o superase el 4%, las
representaciones firmantes deberán mantener conversaciones que reequilibren
la situación con arreglo al mercado, conservándose, mientras tanto, de forma
transitoria, el último tipo de interés que hubiera venido
aplicándose.
Los préstamos hipotecarios con tipo de interés variable que mantenga
actualmente en vigor el personal en activo procedente del Banco de Santander
(siempre que hubieran sido concedidos en atención a su condición de
empleados al amparo de lo establecido en el Acuerdo de 31-10-96, revisado por
Acuerdo 28-10-97), se adaptarán con efectos del 1-1-2000 al tipo de interés
y periodicidades de revisión detalladas anteriormente.
Los préstamos hipotecarios y personales con tipo de interés fijo, concedidos
al amparo de la Circular 1371 RH, que mantenga actualmente en vigor el
personal en activo procedente del Banco de Santander, podrán igualmente
adaptarse a la modalidad de interés variable recogida en el párrafo
anterior, siempre que el empleado titular de los mismos así lo solicite en el
plazo de los tres meses siguientes a la firma del Acuerdo de Compensaciones
Económicas por Novación de Beneficios Sociales. En el caso de los
hipotecarios la novación estará exenta de la comisión del 1% que recogen
sus condiciones.
PRÉSTAMO CONSUMO PERSONAL PASIVO
Se instrumentan en póliza de préstamo sin intervenir.
Límite:
· Una anualidad de la
asignación económica a cargo del Banco en prejubilados.
· Una anualidad y media del
complemento de pensión a cargo del Banco tratándose de personal jubilado o
en situación de invalidez permanente.
Comisión de apertura: exento.
INTERÉS: se aplicará la media resultante entre los tipos de aplicación en
ambos Bancos, que podrá oscilar entre Míbor +0,35% ó 0,40%.
Amortización: hasta cinco años.
Atendiendo a la consideración de criterios comerciales, así como a las
circunstancias de solvencia y garantía concurrentes en cada caso, podrá
autorizarse, respecto de solicitudes de préstamo de otro tipo interesados por
el personal pasivo, o de préstamos de consumo solicitados por importe y/o
plazos superiores a los señalados, la aplicación del mismo tipo de interés
(preferencial menos un punto).
CONDICIONES DE SERVICIOS BANCARIOS
- Cuentas Corrientes y Ahorro: el interés será el Euribor a un año menos
2,5 puntos Con tope mínimo del 0,75% (actualmente se aplica el 0,75%)
- IPF a tres meses: el interés anual será el Euribor menos 1 punto
(actualmente el 1,836%), sin que en ningún caso, atendidas similares
condiciones, pueda resultar remuneración inferior a la de los clientes.
- Cheques gasolina: exentos de gastos.
- Comisiones bancarias: exentas, salvo inversiones en activos financieros.
- Cambio de moneda extranjera: exenta. Cuando la comisión esté inluida en el
tipo de cambio, se aplicará el 1% de bonificación.
RETRIBUCIONES SALARIALES AÑO 2000
El capítulo de retribuciones salariales comprende solo a las reguladas por
convenio; las retribuciones de carácter variable, los CPT, de Poderes y
Dedicación, etc., permanecen igual que el año anterior en cada una de las
redes BS Y BCH, siendo los próximos conceptos que tendrán que ser
homologados. Hemos preferido no incluirlos dentro del presente cuaderno y
hacerlo cuando se firme el nuevo acuerdo con la Empresa.
NÚMERO DE PAGAS Y DISTRIBUCIÓN ANUAL
Mensualmente (
1x12)
12
De
beneficios
2,75
en marzo
De
beneficios
1
en diciembre
Extras
2
junio y diciembre
Paga “Estímulo a laProducción”
0,5
septiembre
Total
18,25
SUELDOS AÑO 2000
GRUPO TÉCNICOS
Niveles
Importe anual (18,25 pagas)
I
6.484.017
II
5.606.669
III
4.741.859
IV
4.517.874
V
3.906.291
VI
3.657.572
VII
3.475.116
VIII
3.292.584
GRUPO ADMINISTRATIVOS
IX
3.042.626
X
2.710.864
XI
2.435.910
GRUPO SERVICIOS GENERALES
IX
3.042.626
X
2.710.864
XI
2.435.910
XII
(hora)
413,29 pesetas/hora
TRIENIOS DE ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA
Personal titulado con jornada
incompleta
27.699
2.308 ptas/mes
Resto de
personal
55.397
4.616 ptas/mes
Grupo Servicios Generales
Nivel
XII
21,92 ptas/hora
GRUPO TÉCNICOS
Nivel
I
63.245
5.270 ptas./mes
Nivel
I
48.158
4.013 ptas./mes
Nivel III y
IV
41.697
3.475 ptas./mes
Nivel
V
34.273
2.856 ptas./mes
Nivel VI y
VII
22.998
1.916 ptas./mes
Nivel
VIII
17.968
1.497 ptas./mes
PLUSES
Se cobran por doceavas partes
Plus de Calidad de Trabajo
266.025
22.169 ptas/mensuales
(sustituye a los denominados pluses
de estímulo a la Producción, Plus
Especial de Convenio por Calidad
de Trabajo y Plus de Asistencia
y Puntualidad)
Plus de Polivalencia Personal (A)
132.000
11.000 ptas./mensuales
Plus servicios
Generales
72.000
6.000 ptas./mensuales
Asignación
Conserjes
34.776
2.898 ptas./mensuales
Plus transitorio niveles
VII-VIII
70.000
5.833 ptas./mensuales
(Se percibirá en doceavas partes por el personal que tenga atribuida la
responsabilidad del funcionamiento administrativo de la oficina, mientras
ostente el nivel VIII o VII)
Asignación transitoria
(B)
8.055
Ayuda
alimentaria
1.000
(A) Todos los empleados que habiendo ostentado la categoría de Oficial o
Auxiliar administrativo al 31-12-95 y percibieran a la misma fecha las 180.000
ptas. anuales por las funciones de cobros y pagos en ventanilla, cobrarán
como plus funcional transitorio la diferencia entre las 180.000 citadas y las
132.000 ptas. fijadas por Convenio, hasta que la cantidad quede totalmente
compensada con los incrementos del nuevo plus de polivalencia funcional.
(B) Afecta al personal con antigüedad inferior a 3 años, encuadrado en la
plantilla de las empresas con nivel XI del Grupo Administrativo. Se deja de
percibir en el momento en que el trabajador comienza a devengar aumentos por
antigüedad o de nivel.
BOLSA DE VACACIONES
Junio, julio, agosto o
septiembre
18.166
Marzo, abril, mayo u
octubre
29.065
Enero, febrero, noviembre y
diciembre
50.860
VARIOS
Dietas y Comisiones de Servicios
Técnicos
3.860 ptas. diarias
Resto de
Personal
3.200 ptas. diarias
Solo
dieta
1.601 ptas. diarias