MUERTE
DEL ASEGURADO:
Se garantiza el pago del capiral suscrito si el asegurado
fallece a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza.
INVALIDEZ
PERMANENTE:
Se garantiza el pago del capital suscrito si, a
consecuencia de las lesiones producidas por un accidente cubierto por
la póliza, se produce la Invalidez Permanente del Asegurado cuya indemnización
será el resultado de aplicar, al capital contratado, el porcentaje señalado
en la tabla de las Condiciones Generales.
ASISTENCIA
EN VIAJE:
Las coberturas se aplican cuando el Asegurado tenga
su domicilio y su residencia habitual en España y su alejamiento del
mismo exceda de 25 Kms. Garantiza el transporte o repatriación sanitaria
de heridos y enfermos, regreso anticipado del Asegurado por fallecimiento
de un familiar y gastos de alojamiento, gastos médicos, quirúrgicos,
odontológicos de urgencia, envío de medicamentos, repatriación de fallecidos,
etc. (Consultar Condicionado General).
REVALORIZACIÓN
AUTOMÁTICA DE CAPITALES ASEGURADOS Y DE PRIMA:
Se revalorizan, salvo pacto en contrario, en la
renovación de la póliza los capitales asegurados y las primas según el
Índice de precios al Consumo. (IPC).
ORIENTACIÓN
DE CAPITALES Y PRECIOS:
| CAPITAL POR: |
OPCIÓN |
FALLECIMIENTO |
INVALIDEZ
PERMANENTE |
PRIMA
TOTAL ANUAL |
| 1 |
30.000€ |
30.000€ |
50.65€ |
| 2 |
60.000€ |
60.000€ |
94.91€ |
| 3 |
90.000€ |
90.000€ |
139.18€ |
| ASISTENCIA EN VIAJE
INCUÍDA |
NOTA:
Los Capitales de Fallecimiento e Invalidez Permanente los elige el asegurado,
con un límite del Capital Máximo Contratable de 300.000€ |