INTRODUCCIÓN
La salud constituye uno de los bienes más preciados del hombre
porque supone la capacidad de desarrollar una vida normal. Así,
la enfermedad produce una serie de inconvenientes y gastos de todo
tipo, tanto para en enfermo como para los familiares. Por ello, mediante
los seguros de salud se pretende reducir el tiempo de enfermedad o,
en su caso, el coste de la misma.
La enfermedad, además de ser una alteración del estado
de salud, suele conllevar la pérdida o disminución de
ingresos durante el tiempo que el enfermo se ve alejado de su trabajo
así como un aumento de los gastos debido al cuidado del paciente.
Con el fin de subsanar las incidencias comentadas, existen los seguros
de Enfermedad, Reembolso de Gastos y Asistencia Sanitaria.
SEGURO
DE ENFERMEDAD
Este seguro ofrece indemnizaciones económicas sin relación
directa con el coste de la enfermedad. La indemnización viene
fijada por el cliente que establece un Subsidio Diario o por una sola
vez. Es un producto muy apropiado para autónomos, ya que atenúa
el inconveniente de la disminución de beneficios. Se pueden
asegurar distintas garantías:
- Subsidio
Diario por Enfermedad: El Asegurador se obliga a satisfacer la indemnización
diaria asegurada durante el periodo agudo de la enfermedad y un periodo
de convalecencia previamente
establecido,
siempre que estuviera totalmente impedido para sus ocupaciones.
- Subsidio diario por Convalecencia
extraordinaria: Complementaria al subsidio por enfermedad, asegura
aquellos siniestros
en los que el periodo de Convalecencia supera al periodo agudo
de enfermedad
- Invalidez Permanente Absoluta:
El asegurado percibe una cantidad
acordada en caso de que, por causa de un accidente,
quede totalmente invalidado para ejercer cualquier tipo de trabajo.
- Subsidio
Diario por Hospitalización quirúrgica: Es
una indemnización por cada día
de internamiento en una establecimiento sanitario.
- Indemnización
por Intervención quirúrgica:
En este caso, es una indemnización única
en caso de intervención
quirúrgica, según tablas
SEGURO
DE REEMBOLSO DE GASTOS
Esta modalidad del seguro ofrece indemnizaciones
económicas
que están relacionadas con el coste médico pero no
se ajustan a él. En este caso, el asegurado paga los gastos
médicos y hospitalarios y la Compañía Aseguradora
le devuelve un porcentaje del coste de las facturas. La ventaja radica
en que el porcentaje ya viene fijado, con lo que el asegurado puede
acudir a cualquier médico y en cualquier parte del mundo.
Las garantías susceptibles
de contratación
son:
- Hospitalización:
Comprende el reembolso de los gastos ocasionados por la hospitalización
del asegurado, aunque no se realice intervención quirúrgica.
- Asistencia
médica extrahospitalaria: Incluye las consultas
médicas, medios de diagnóstico, pruebas
de laboratorio, etc.
SEGURO
DE ASISTENCIA SANITARIA
Es un seguro asistencial, que
permite al asegurado acudir a un médico
o clínica que figure en el Cuadro médico de la Compañía,
sin ningún coste.
Los servicios prestados se pueden
clasificar en:
- Servicios completos: Incluye
medicina general, ATS, pediatría,
especialidades médicas, medios de diagnóstico,
y hospitalización
médica y quirúrgica.
- Servicios limitados:
Incluye las mismas coberturas que los Servicios completos
excepto medicina general y pediatría.
- Servicios
restringidos: además de medicina general y pediatría,
se excluyen los servicios del ATS, matronas y servicio
a domicilio.
* Consultar Condiciones Generales
y Particulares
