UGT,
con motivo del Día Internacional de la eliminación de la
discriminación racial, que se celebra hoy, denuncia que el
desequilibrio de la reforma laboral propiciará más
precariedad, temporalidad y la desaparición de los derechos
consolidados, haciendo más vulnerables a todos los
trabajadores, especialmente a los peor posicionados en el
mercado laboral, como la población trabajadora extranjera no
comunitaria. Estar en la cuerda floja en el ámbito laboral
puede derivar en la pérdida de la situación administrativa
regular de estos trabajadores.
UGT ha elaborado un
informe sobre la situación de la población
trabajadora extranjera en España, en el que se analiza,
entre otras cosas, algunos posibles efectos de la reforma
laboral sobre este colectivo de trabajadores. El sindicato
recuerda que España carece de una norma que garantice la
igualdad de trato y de oportunidades y la no discriminación
por cualquier motivo, incluidos el origen y la nacionalidad,
y en cualquier ámbito, y que el artículo 14 de la
Constitución española solo garantiza la igualdad de todos
los españoles, pero no alcanza a la población extranjera no
comunitaria, sometida a un régimen específico, la normativa
de extranjería (que condiciona la permanencia regular de
este colectivo en nuestro país, su posición en el mercado de
trabajo y su integración social). Este desequilibrio
normativo se puede acentuar ahora con la
reforma laboral
(Real Decreto–Ley 3/2012), que de forma directa o indirecta,
persigue un único fin: más facilidades para despedir y más
poder empresarial para fijar las condiciones laborales. Esta
reforma unida a los recortes en el Estado de Bienestar
Social redundan en más desigualdad y precariedad para el
conjunto de la población, siendo más vulnerables los
colectivos peor posicionados en el mercado de trabajo, como
los trabajadores extranjeros de origen no comunitario. El
sindicato recuerda que la lucha contra el racismo y la
discriminación, incluye la denuncia de este tipo de
políticas que fomentan la desigualdad.
UGT quiere recordar en este día algunos datos sobre la
población de origen y/o nacionalidad extranjero:
El 72´15% del crecimiento
de la población en España entre los años 2000 y 2010
se ha debido al aporte de la población extranjera.
La llegada de la
inmigración respondió a la demanda de empresarios y del
mercado de trabajo. En los años de bonanza (hasta 2007)
fue compatible con una reducción paulatina de la
tasa de paro en España. No es cierto que la población
extranjera no comunitaria “quitara” el trabajo a los
españoles, ni en la época de bonanza económica ni ahora.
El 67´74% de los residentes
de nacionalidad no comunitaria, tienen una autorización
de larga duración, lo que implica que llevan en España
más de cinco años y que tiene vocación de
permanencia. La migración en España es población, no
inmigración.
De los residentes
temporales (con menos de cinco años de residencia en
España) el 56´42% tienen autorización de trabajo; el
motivo principal por el que llegan a España, sigue
siendo el empleo, que solo se ofrece en el extranjero
cuando se ha acreditado que no hay trabajadores o
trabajadoras desempleados que puedan cubrirlos.
Los efectos de la crisis,
han sido especialmente gravosos para los trabajadores
extranjeros del sector de la construcción que vieron
disminuir su volumen de empleo en más de la mitad
(-68´68%) superando en más de 20 puntos porcentuales la
perdida en este sector respecto a los trabajadores
españoles.
La posición de la población
extranjera no comunitaria en el mercado de trabajo
difiere de la de los españoles, con un peso mayor en el
sector agrario y en el hogar, integrados hasta este
año en Regímenes Especiales en el Sistema de Seguridad
Social, con menor protección, incluso sin prestación por
desempleo en el caso del Sistema Especial de Empleados
de Hogar (13´80% y 14´45% de los no comunitarios
respectivamente en cada uno de los sistemas, frente a
3´92% y 0´74% de los españoles)
Los hombres extranjeros
perciben un 42´19% menos del Salario Medio Anual. En el
caso de las mujeres extranjeras, la brecha se convierte
en fractura: un 52´91% menos del Salario Medio
Anual. Y como consecuencia de que una de las ocupaciones
en las que más son empleadas sea el servicio del hogar
familiar, las mujeres extranjeras no comunitarias, como
todas las trabajadoras y trabajadores de este sector,
carecen de protección por desempleo.
Así los trabajadores y trabajadoras extranjeros no
comunitarios son más vulnerables ante los cambios
legislativos a peor, como la reforma laboral, porque parten
de una posición más precaria en el mercado de trabajo, y
porque mantener la regularidad y alcanzar la residencia de
larga duración depende del empleo y/o de las cotizaciones a
la Seguridad Social. Esta dependencia aumenta su
vulnerabilidad en el escenario de la reforma laboral donde
las empresas pueden decidir unilateralmente cambiar las
condiciones de trabajo.
Asimismo, el modelo de contrato indefinido para
emprendedores (aunque de indefinido sólo tiene el nombre)
contemplando en la reforma aprobada (RD-Ley 3/2012), con un
periodo de prueba de un año, señala explícitamente que puede
utilizarse en la gestión colectiva de contrataciones en
origen del año 2012; pero este año únicamente se ha aprobado
este procedimiento de contratación en el exterior para
actividades de temporada y campaña (máximo 9 meses) y obra y
servicio (máximo un año)
En cualquier caso, este tipo de contrato, con el periodo de
prueba de un año, es contrario a los principios de política
migratoria laboral que se acordó, en su momento, en el marco
del Dialogo Social. Igualmente preocupante, es que se haya
extendido a las Empresas de Trabajo Temporal la posibilidad
de intermediar en el mercado laboral, mas aún cuando, en el
caso de la ocupación de peones de agricultura y pesca, más
del 89´8% del total de contratos registrados por las ETTs lo
fueron a extranjeros, y el 43% en el caso de empleo
domestico y limpieza. UGT muestra su preocupación porque
finalmente tanto extranjeros como otros colectivos sean
alejados de los Servicios Públicos de Empleo, rompiendo el
principio de igualdad de trato y oportunidades, y remitidos
a agencias privadas de colocación, con o sin ánimo de lucro,
o a ETTs para la búsqueda de empleo.