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Con motivo
del Día Internacional de la Eliminación de la
Discriminación Racial, que se celebra el
domingo, 21 de marzo, UGT ha elaborado un
informe sobre los 9 tópicos sobre inmigración
que hay que desmentir:
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Hay que
desmentir: “Demasiados inmigrantes”
La realidad es que
están empadronados en España 2.937.981 extranjeros no
comunitarios (menos del
7% de la población española). La diferencia hasta llegar al
total de 5.648.671 extranjeros
empadronados son ciudadanos de países de la Unión Europea o
personas que están en el régimen comunitario (familiares
directos de españoles o comunitarios). Y de los extranjeros no
comunitarios, el 69´76% lleva residiendo en España de manera
regular más de tres años. Los extranjeros comunitarios ejercen
el derecho a la libre circulación que conlleva formar parte de
la Unión Europea. que señalar, por otra parte, que es frecuente
considerar dentro del grupo de “inmigrantes” a los extranjeros
unitarios de las últimas ampliaciones (especialmente Rumania y
Bulgaria), que a todos los efectos son ciudadanos comunitarios,
con libertad de circulación y establecimiento. E incuso a
personas que han adquirido la nacionalidad española.
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Hay que
desmentir: “Leyes demasiado tolerantes”
La
legislación española en materia de extranjería
siempre ha tendido a la restricción, la última
reforma está especialmente influida por la
política europea, implicando de hecho una
limitación de derechos, al haber primado en la
actual situación de crisis, criterios
económicos.
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Hay que
desmentir: “El trabajo para los españoles”
Los
ciudadanos de países de la Unión Europea tenemos
derecho a la libre circulación, a establecer la
residencia donde queramos y a acceder a los
mercados de trabajo de los Estados miembros en
igualdad de condiciones que sus nacionales.
Respecto a la contratación en sus países de origen de
extranjeros no comunitarios (no nacionales de países de la UE)
por motivos de trabajo, ésta sólo se produce si no hay
demandantes adecuados y disponibles en el mercado de trabajo
nacional. Es decir, que en una época como la que estamos
atravesando, la contratación en el exterior ha disminuido
significativamente.
Sobre
los trabajadores y trabajadoras extranjeros que residen ya
regularmente en España rige el principio de igualdad de trato y
oportunidades y, por lo tanto, pueden presentarse en igualdad de
condiciones a cubrir ofertas de trabajo, siempre dentro de las
limitaciones que pueden marcar sus autorizaciones de trabajo, y
sin que exista ninguna preferencia entre españoles y
extranjeros.
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Hay que
desmentir: “Los españoles primero en materia de asistencia
sanitaria y educación”
Con
respecto a los extranjeros nacionales de Estados
miembros de la Unión Europea acceden a ambos
derechos en igualdad de condiciones que los
españoles.
Los
trabajadores y trabajadoras extranjeros y sus familias tienen
los mismos derechos y deberes en materia de Seguridad Social que
los trabajadores españoles; la conquista de los derechos
sociales, iguales y para todos y garantía de cohesión social, es
un logro de las organizaciones sindicales en el que no caben
pasos atrás.
El
acceso a la asistencia sanitaria de extranjeros en situación
administrativa irregular y de colectivos de españoles no
asegurados, es un logro del Estado de Bienestar Social, y que
garantiza la protección de la salud y la salud pública.
En
cuanto al derecho a la educación todos los menores, con
independencia de su nacionalidad, tienen derecho a la educación
en las mismas condiciones y cumpliendo los mismos requisitos,
sin que haya preferencia alguna para los inmigrantes. El acceso
a las ayudas está condicionado, entre otros, a la situación
económica de las familias, no a la nacionalidad.
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Hay que
desmentir: “Los extranjeros tienen demasiadas ayudas”
Los
extranjeros no comunitarios residentes son
destinatarios de las mismas ayudas y con los
mismos requisitos que los españoles y
extranjeros comunitarios. Y uno de los
requisitos comunes a casi todas las ayudas y
prestaciones son los recursos económicos de los
solicitantes, así como, en algunos casos, un
determinado periodo de residencia. En general,
la población inmigrante no comunitaria se
encuentra entre los colectivos mas
desfavorecidos.
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Hay que
desmentir: “Los extranjeros deterioran los servicios”
Es
preciso recordar, no sólo que cuando acceden a
los servicios públicos es porque tienen derecho
a ello, sino que son las Administraciones
Públicas las que tienen la responsabilidad de
garantizar unos servicios públicos suficientes y
de calidad para el conjunto de la población.
En el
mismo sentido, UGT no puede admitir que se responsabilice a los
trabajadores en situación de necesidad de los abusos de
empleadores que aprovechándose de la misma, precarizan sus
condiciones de trabajo y pretenden, al mismo tiempo, una
precarización generalizada.
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Hay que
desmentir: “Expulsar a los delincuentes”
La Ley
ya impide que se conceda una autorización a
quien tiene antecedentes penales en España o en
el país de procedencia y obliga a la expulsión
de quienes los adquieran durante su estancia en
España.
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Hay que
desmentir: “Los extranjeros parados tienen que marcharse”
Durante los primeros años de su residencia los
extranjeros dependen casi absolutamente de su
empleo para mantener su residencia regular. Un
planteamiento de este tipo, con el fin de
eliminar una supuesta competencia por los
puestos de trabajo, implica también cuestionar
los derechos sociales que a las organizaciones
tanto nos ha costado conquistar, y considerar a
los extranjeros exclusivamente como mano de
obra, únicamente, útil cuando está empleada y
prescindible cuando no lo está.
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Hay que
desmentir: “Frenar la concesión de asilo”
La
realidad es que en el año 2008 hubo 4.517
solicitudes de asilo y se concedieran 151. En
Alemania en el año 2007 hubo 18.533 solicitantes
de asilo (7.664) en España. Está claro que
España no es un país especialmente generoso con
las concesiones de asilo.
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