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Tras
la celebración de Asambleas en todas las empresas
afectadas, los sindicatos UGT, CC.OO., CGT y FeSP
así como todos los comités de empresa y delegados de
personal, han ratificado hoy en Barcelona, el
acuerdo del Expediente de Regulación de Empleo
(ERE), que afectará a un total de 442 personas de 26
empresas de este holding de la comunicación.
El texto recoge, no obstante, la prórroga del
periodo de consultas del Expediente, condicionando
la ejecución de los despidos a la obtención de la
financiación necesaria para el proceso de
reestructuración.
A partir de hoy comienza un periodo de adscripciones
voluntarias al expediente, que finalizará dentro de
quince días. A iniciativa de UGT, el acuerdo recoge
una doble fase de voluntariedad, tanto en las
adscripciones al ERE como en la reubicación y la
cobertura de vacantes, incluso entre comunidades
autónomas, generada en la primera fase de
voluntariedad.
La empresa podrá ejercer únicamente un derecho de
veto condicionado. A iniciativa de UGT, se han
incluido las cláusulas basadas en criterios sociales
que garanticen la no discriminación y los supuestos
incluidos en la Ley de Conciliación de la Vida
Laboral y Familiar. Entre otros, la protección de
embarazadas, personas con hijos o dependientes a su
cargo, trabajadores con edades comprendidas entre
los 45 y la edad pactada de prejubilación, así como
que las medidas no afecten a los dos miembros de un
matrimonio o pareja de hecho cuando ambos trabajen
en el grupo, excepto en los casos voluntarios o de
cierre de centro de trabajo.
Las indemnizaciones pactadas oscilan entre los 48
días por año trabajado para aquellos trabajadores y
trabajadoras con un sueldo de hasta 25.000 euros
anuales; los 45 días para sueldos de hasta 35.000
euros; y los 31 días por año trabajado para quienes
cobren más de 65.000. Todos estos tramos son sin
tope de ninguna clase.
Las prejubilaciones oscilan desde el 83% del salario
bruto más convenio especial, para el personal con
una retribución de hasta 35.000 euros hasta el 63%
más convenio especial para los que cobren más de
75.000 euros.
Entre las novedades incluidas en el texto se plantea
que el trabajador pueda acogerse a la indemnización
más beneficiosa. Y, a iniciativa de UGT, el que, en
caso de fallecimiento se beneficien los herederos
(legales o designados) del titular de la póliza del
programa de garantía de rentas hasta que el
trabajador cumpliera los 63 años, así como la
protección de los trabajadores afectados por
posibles futuras desinversiones del grupo.
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