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Los Servicios
Jurídicos de UGT Madrid han logrado el
pronunciamiento favorable del Juzgado de lo Social
nº 11 de Madrid en una sentencia donde se reconoce
el derecho de una trabajadora, cajera de un
supermercado, a modificar su horario laboral y
ajustarlo a sus necesidades personales y familiares
a fin de atender a una hija de 10 meses.
Para UGT, la
importancia de esta sentencia estriba en que
reconoce que el derecho de la trabajadora y con esta
finalidad va más allá de la mera reducción de la
jornada de acuerdo con lo establecido en el artículo
37 de El Estatuto de los Trabajadores.
La sentencia
reconoce que la distribución horaria solicitada por
la trabajadora prevalece frente a los posibles
perjuicios organizativos que puedan derivarse para
la empresa.
La joven
trabajadora, cajera de un supermercado en una
localidad Madrileña, con un salario de 949,20 euros
brutos que incluye el prorrateo de pagas extras,
en diciembre de 2007 tuvo una niña.
La trabajadora,
para poder atender a su hija, solicitó en abril del
presente año la reducción de su jornada a 35 horas
semanales en turno de mañana de lunes a sábado.
La empresa
respondió a la petición de reducción afirmativamente
pero negó a la trabajadora el horario de mañana.
Esta sentencia
del Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, que no
admite recurso, supone un importante avance en el
reconocimiento y extensión de los derechos de los
trabajadores en su conjunto y de manera muy especial
las trabajadoras del sector del comercio básicos a
la hora de poder conciliar su vida personal,
familiar y laboral.
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