Número 55. Diciembre 2009

BOLETÍN DIGITAL DEPARTAMENTO CONFEDERAL DE LA MUJER

Y Además...

Pocas mejoras en la revisión de la directiva europea sobre permisos parentales

El Consejo de Ministros de Empleo y Política Social de la Unión Europea, ha dado el visto bueno, el pasado 1 de diciembre, a la nueva Directiva sobre Permisos Parentales, que reemplaza la Directiva sobre Permisos Parentales de 1996, y que entrará en vigor en 2012.

directiva permisos parentalesLa Comisión Europea lanzó una consulta a los interlocutores sociales y desde el mes de septiembre de 2008 hasta el mes de marzo de este año, se reunió la Mesa de diálogo social para la revisión de la Directiva de Permisos Parentales. UGT, participó en estas negociaciones en representación de los sindicatos españoles.

En el proceso de negociación de la revisión de la Directiva de Permisos Parentales, uno de los temas estrella y, para UGT, el punto más importante fue la retribución de los permisos parentales. Entendemos que un permiso no retribuido está al alcance de muy pocas personas, las que disponen de rentas personales más elevadas, pero no para la mayoría de los trabajadoras y trabajadores de este país. En España ya disponemos de las excedencias por cuidado de hijos y por una duración elevada, tres años.

Desde UGT, entendemos y defendemos los permisos parentales retribuidos, como una medida que facilite la conciliación de hombres y mujeres, de su vida laboral y familiar que se adapte a las necesidades diarias de los trabajadores y trabajadoras.

La oposición frontal y reiterada por parte de la representación empresarial de Inglaterra, Polonia y España a la retribución de los permisos a cargo de la Seguridad Social ralentizó en exceso las negociaciones. En el caso de España, inmerso de forma paralela en el diálogo social nacional, y con la oposición total de los empresarios españoles a que se tocara la Seguridad Social si no era para rebajar las cotizaciones empresariales, hizo imposible que se pudiera  desbloquear su oposición a la retribución de los permisos parentales.

Si bien en lo que respecta a nuestro país no suponen grandes avances, la directiva incluye mejoras que pueden beneficiar a otros países, tales como:

    directiva permisos parentales
  1. Serán beneficiarios de los permisos los miembros de nuevas estructuras familiares. En este sentido en España, podremos extender estos derechos a las personas del mismo sexo ya que están reconocidas en nuestra legislación.
  2. Se incluyen como beneficiarios de los permisos parentales todos los trabajadores con relación laboral, incluidos, los trabajadores a tiempo parcial o los trabajadores con contratos de duración determinada.
  3. El permiso tendrá una duración de cuatro meses de los cuales solo es intransferible el último mes. Al tratarse de un permiso individual podrán disfrutarlo independientemente el padre y la madre. En España se dispone ya de 3 años de excedencia.
  4. Se adaptarán permisos parentales para los padres con hijos e hijas con discapacidad.
  5. Se realizará una evaluación de aplicación de la Directiva a nivel nacional.
  6. Se implementan medidas para los padres que adopten niños.
  7. Se ha incluido una cláusula, de garantía,  de vuelta al trabajo con adaptación a modalidades de forma de trabajo temporal, con garantías de volver al horario original. Los empresarios no podrán oponerse, y se tendrán en cuenta las necesidades de ambas partes.
  8. Se recogen derechos de empleo y no discriminación por el disfrute de estos permisos.
  9. Se introduce un párrafo, que garantiza ingresos a cargo de la Seguridad Social, pero que deberán determinarlo cada uno de los Estados Miembros, incluida España