Número 51. Julio 2009
BOLETÍN DIGITAL DEPARTAMENTO CONFEDERAL DE LA MUJER
OpiniónMUJERES DEPORTISTAS PROFESIONALES
EnriqueCabero
El deporte, en sus múltiples y muy variadas manifestaciones, se ha convertido en nuestro tiempo en una de las actividades sociales con mayor arraigo y capacidad de movilización y convocatoria. Con esta afirmación comienza el preámbulo de la Ley del Deporte, promulgada veintidós meses antes de la inauguración de la Olimpiada de Barcelona. Precisamente por su capacidad de movilización y convocatoria, por su gran relevancia social, que, medida en tiempo de telediario, lo sitúa en cotas insospechadas, también está en juego en el deporte la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
El nivel de la práctica del deporte por las mujeres suele funcionar como un indicador fiable del grado de discriminación, y hasta de sometimiento, de éstas en una sociedad. Si bien, en palabras del Consejo Superior de Deportes, “el deporte y la actividad física, por su potencialidad educativa y mediática, constituyen un motor de cambio social y contribuyen desde hace tiempo a promover la igualdad entre mujeres y hombres”, los datos de los estudios más recientes “reflejan que todavía existen diferencias importantes en cuanto a la participación y representación femenina en las distintas esferas del deporte”.
Recuérdese cómo el recato falso y ñoño llevó a prohibir a las mujeres el uso de la ropa deportiva, por dejar ver o intuir lo que los autoproclamados propietarios de su moralidad consideraban que solamente ha de quedar para el marido. Aún hoy se encuentran mujeres deportistas condenadas a muerte por Estados gobernados por el integrismo o el fundamentalismo. Su único delito es haber competido en unos Juegos Olímpicos sin sayas ni velos.
En España la Sección Femenina daba consejos como estos: “No hay que tomar el deporte como pretexto para llevar trajes de deporte escandalosos. Podemos lucir nuestra habilidad deportiva, pero no que esas habilidades sirvan para que hagamos exhibiciones indecentes. Tampoco tenemos que tomar el deporte para independizarnos de la familia, ni para ninguna libertad contraria a las buenas costumbres”(“Economía Doméstica para Bachillerato, Comercio y Magisterio”, 1963). Según estos biempensantes de entonces y de ahora, además las mujeres no deben practicar deporte de alto nivel porque sus cuerpos se masculinizan, y eso no es bueno para el guerrero y su reposo. Por fortuna el cambio existió y existe, y el deporte se ha modernizado notablemente, aunque todavía quede mucho por hacer. Cuánto cuesta la igualdad de los y las deportistas de la misma categoría en los medios de comunicación. Qué difícil es que una hazaña deportiva no se califique siempre como una machada.
El éxito de Gemma Mengual y de la selección de natación sincronizada en el Mundial celebrado en Roma la semana pasada culmina una temporada extraordinaria de las deportistas españolas de alto nivel en disciplinas muy diversas. Decía hace unos días con acierto el secretario de Estado para el Deporte, Jaime Lissavetzky, constatando este hecho, que debe acometerse una reforma del deporte profesional femenino.
El debate sobre esta reforma no puede olvidar la dimensión laboral del asunto. Se aconseja, en este sentido, una relectura del marco normativo aplicable a la relación laboral especial de los deportistas profesionales desde la igualdad efectiva de mujeres y hombres, principalmente del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio. Téngase presente que, de acuerdo con su artículo 1.2, “son deportistas profesionales, quienes, en virtud de una relación establecida con carácter regular, se dediquen voluntariamente a la práctica del deporte por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de un club o entidad deportiva a cambio de una retribución”. Esta relación laboral especial, dadas las características del mercado del deporte profesional, que habitualmente ignora a las mujeres, se construye para un sector que continúa reservado amplia y patológicamente a los hombres.
La conquista de la igualdad en la práctica de la actividad física y del deporte en general, y singularmente, por la repercusión social señalada, del deporte de alto nivel y del deporte profesional, dispone de una extraordinaria relevancia real y simbólica. Ya está bien de menosprecios y de estereotipos sexistas. Quién no recuerda, por ejemplo, exigencias inauditas e impresentables de patrocinadores de equipos femeninos de élite, como el uso de camisetas pequeñas y ajustadas para incrementar supuestamente la audiencia de retransmisiones deportivas.
Así las cosas, me sumo al “Manifiesto por la igualdad y la participación de la mujer en el deporte”, promovido por el Consejo Superior de Deportes, en sintonía con la “Declaración de Brighton sobre la mujer y el deporte”, porque, en definitiva, “queremos un futuro con más mujeres que gocen del deporte y de los beneficios que éste conlleva, así como un mayor número de mujeres implicadas en todos los aspectos de la actividad física y el deporte: la dirección y la gestión, el entrenamiento, el arbitraje, el periodismo, la formación, la investigación y la práctica deportiva”.
Enrique Cabero es profesor titular de Derecho del Trabajo en la Universidad de Salamanca, y miembro de su Unidad de Igualdad.
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